top of page

El permiso de paternidad se ha ampliado de cuatro a cinco semanas desde el 5 de julio del 2018


¿Cuál es la duración del permiso de paternidad? ¿Cómo se solicita?

¿Vas a ser padre en breve? Es una experiencia apasionante, aunque al principio tendrás que hacer frente a algunos trámites (como el del permiso de paternidad) algo farragosos. Para hacerte la tarea más fácil, te explicamos al detalle cómo funciona este subsidio y cómo hacer las gestiones.


Desde el 5 de julio del 2018, la duración del permiso de paternidad se ha ampliado de cuatro a cinco semanas. De hecho, la ley de permisos parentales para nacimientos, adopciones y acogidas está en proceso de transformación. La última propuesta de Unidos Podemos para equiparar los permisos entre hombres y mujeres recibió vía libre en el Congreso el 26 de junio del 2018, pero aún se encuentra en fase de su tramitación.


Estas son las claves que debes conocer si prevés ampliar la familia a corto plazo.

1. ¿Qué es el permiso de paternidad y cuántos días dura?

Es un subsidio que se da a los trabajadores que suspendan el contrato de trabajo o cesen en su actividad, durante los días legalmente establecidos, con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. La ley que regula el permiso de paternidad se aprobó en el 2009, pero entró en vigor el 1 de enero del 2017. Después se ha modificado para los nacimientos a partir del 5 de julio del 2018.


El permiso de paternidad es de dos días inmediatamente después del nacimiento (o de la decisión administrativa de acogimiento), a los que hay que añadir los días que completan cinco semanas. Se pueden disfrutar los días restantes seguidos al parto o de forma a determinar de acuerdo con la empresa. Incluso pueden transformarse en medias jornadas si la empresa accede. Deben ser hasta cinco semanas ininterrumpidas, justo después del parto o adopción, a lo largo de la baja maternal, o cuando termina.


2. ¿Son más días en caso de parto múltiple

Sí. La duración se ampliará en el supuesto de parto, adopción, acogimiento o guarda múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

3. ¿Quién puede pedir el permiso por paternidad? ¿Hay un periodo mínimo de cotización?

Los trabajadores incluidos en el régimen general y en los regímenes especiales de la Seguridad Social, cualquiera que sea su sexo. La prestación por paternidad es independiente de la de la madre y compatible con el disfrute compartido de la de maternidad, siempre que sea cedido por la madre.


En el supuesto de parto, la suspensión corresponde exclusivamente al otro progenitor. En los casos de adopción o acogimiento, la suspensión corresponderá a uno solo de los progenitores, a elección de los interesados; no obstante, cuando el descanso maternal fuera disfrutado en su totalidad por uno de los progenitores, el derecho a la suspensión por paternidad únicamente podrá ser ejercido por el otro.


Cuando es uno solo el progenitor o adoptante, no puede acumularse el periodo de paternidad al de maternidad. El periodo mínimo de cotización exigido es de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la suspensión o, alternativamente, 360 días a lo largo de la vida laboral con anterioridad a dicha fecha.


4. ¿Hay limitaciones en lo que respecta al hijo?

Para generar derecho a la prestación se exige que el adoptado o acogido sea menor de 6 años. No obstante, también generan derecho los mayores de 6 años pero menores de 18 con discapacidad o que, por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar, debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes. Se entiende que el adoptado o acogido está afectado por una discapacidad, cuando se acredite en un grado igual o superior al 33%.

5. ¿Cuándo puede disfrutarse del permiso por paternidad?

Este permiso no tiene por qué ir unido al permiso por nacimiento, puedes disfrutarlo dentro del periodo de 16 semanas del permiso por maternidad, o inmediatamente después del mismo.

6. ¿Qué salario se percibirá?

El 100%. Incluidos todos los conceptos de la base reguladora, normalmente incluidos todos los complementos asignados en la nómina. La retención de IRPF puede ser determinada por el beneficiado.

7. ¿Que documentación hay que presentar a la Seguridad Social?

El informe de paternidad del servicio de salud, la solicitud del permiso remitido a la empresa y el modelo oficial de la solicitud de paternidad. Los trámites deben hacerse con tiempo suficiente para no causar problemas a la empresa en la que se trabaja. En el momento de la tramitación es necesario llevar también la última nómina, fotocopia del DNI, libro de familia actualizado y recibo del banco en el que se deba ingresar la retribución. El cobro se producirá tras la segunda semana del mes siguiente a la generación del derecho.

8. ¿Tienen las familias numerosas un tratamiento especial?

Desde el 1 de enero del 2017, se equiparan los permisos de paternidad de cualquier tipo de familia independientemente de si estas son numerosas o no o tienen discapacitados entre ellos.

bottom of page