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Diez buenas razones para afiliarse a CC OO
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Negociamos en tu representación acuerdos que garantizan el salario, las categorías profesionales, la jornada, las pensiones, los permisos ... en definitiva tus derechos laborales.
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Facilitamos asesoramiento especializado, tanto laboral como jurídico, para tus problemas laborales. El coste del asesoramiento tiene una bonificación progresiva, dependiendo de la antigüedad, llegando a ser gratuita a partir de los 60 meses de afiliación. y las condiciones para afiliados y afiliadas son muy buenas si hay que llegar a los tribunales
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Nuestros delegados de Seguridad y Salud ayudan a proteger tu salud y seguridad en el puesto de trabajo, cubriendo aspectos que van desde el estrés a los problemas del entorno de trabajo.
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Nos ocupamos de seguir de cerca la aplicación de la la igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres en los centros de trabajo.
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Participamos en organizaciones de carácter internacional de los sectores Financieros, de seguros y de servicios.
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Asesoramiento gratuito a través de la página web (Se necesitan al menos 6 meses de antigüedad Si las consultas son complejas aconsejamos la consulta en nuestras oficinas para poder examinar adecuadamente la documentación).
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Negociamos planes de formación con los empresarios para un mejor desarrollo de tu carrera profesional y una mayor empleabilidad. CC OO creemos que la formación es fundamental para los trabajadores y trabajadoras.
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Aunque Servicios CC OO es independiente de cualquier organización política, participa activamente en la vida socio política del país con propuestas claras. basadas en estudios serios y respetados más allá del ámbito sindical.
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Ofrecemos servicios interesantes a nuestra afiliación: seguros, cooperativas de viviendas, vacaciones y ocio, descuentos especiales, asesoramiento, etc.
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En definitiva: Servicios, negociación, salud laboral, asesoramiento laboral y jurídico, igualdad de oportunidades. ¡Afíliate!
Cuotas mensuales vigentes:
Cuota Súper Reducida (S) 3,00 euros mensuales. De aplicación para las personas que no perciban retribuciones, ingresos o prestaciones, o en caso de percibirlas sean en cuantías brutas iguales o inferiores a 7.000 euros. Esta cuota será revisable cada 12 meses con los ingresos, ya sean ciertos o los previstos para cada ejercicio.
Cuota Especial (E) 7,10 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con retribuciones, ingresos o prestaciones brutas comprendidas entre los 7.001 euros y los 14.000 Euros.
Cuota General Reducida (G) 11,80 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con unos ingresos o prestaciones anuales brutas comprendidas entre las 14.001 euros anuales y los 24.000 euros anuales.
Cuota General Ordinaria (V) 13,00 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con unos ingresos o prestaciones anuales superiores a 24.001 euros anuales.
Cuotas Generales de Pensionistas y Jubilados (S,E,R) De aplicación para las personas con los siguientes tramos retributivos. En el primer tramo de ingresos que va de 0.00 a 7.000 Euros, se aplicará la cuota súper reducida (S), para aquellos que tengan unos ingresos comprendidos entre los 7.001 y los 14.000 Euros, se aplicará la cuota especial (E) y para los ingresos brutos superiores a 14.000 euros se aplicará una cuota de 10.05 euros mensuales denominada General PPJJ (R).
Cuota Militante (M) 16,70 euros mensuales. Cuota Voluntaria
Además, podrás beneficiarte de grandes ofertas y descuentos por estar afiliad@... informate AQUÍ